Empleador no puede revisar contenido de correo electrónico otorgado al trabajador
07 Junio 2017
Publicado en
Noticias Laborales
Constituye un exceso que el empleador señale que es propietario de las cuentas de correo electrónico (e-mails) y que se encuentra facultado a revisar su contenido. Admitir ello, sería colisionar con el derecho a la intimidad e inviolabilidad de las comunicaciones de los trabajadores.